Descripción
España, oficialmente Reino de España, es la decimocuarta economía mundial, con una renta per cápita de 41.546 USD/año, y es miembro de la Unión Europea desde 1985.
España tiene una población total de 47.326.687 habitantes, y la edad media de sus residentes es de 45,5 años.
El mercado del e-commerce en España está en auge y en continua expansión, una tendencia acelerada por la pandemia del Coronavirus.
Los tipos de IVA en España son:
- Tipo estándar: 21%.
- Tipo reducido: 10%.
- Tipo superreducido: 4%.
- Tipo exento: 0%.
Registro del IVA en España
La entidad pública encargada de otorgar el número de IVA en España es la Agencia Tributaria, conocida coloquialmente como “Hacienda”.
Para obtener el número de IVA, primero es necesario identificar a la empresa extranjera ante la Agencia Tributaria, que asigna un NIF (Número de Identificación Fiscal). Posteriormente, tras solicitar el inicio de actividad, este NIF también actúa como número de IVA. Este proceso permite que España sea uno de los pocos países donde el número de IVA puede estar “en pausa”.
Algunos puntos a destacar del proceso:
- La Agencia Tributaria es bastante burocrática y exige un poder notarial si el trámite de registro se realiza a través de un representante.
- La necesidad de traducción jurada de los documentos varía según la sede de la Agencia Tributaria y el idioma de los documentos.
- El administrador de la sociedad deberá obtener un NIE (Número de Identificación del Extranjero) si no cuenta con uno previamente.
- Si el administrador o uno de los propietarios no tiene residencia fiscal en España, la empresa deberá contar con un representante fiscal.
El formato del número de IVA español es: ESX7777777X.
Mantenimiento del IVA en España
En la mayoría de los casos, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) requiere a las empresas presentar declaraciones de IVA de manera trimestral utilizando el modelo 303. Si la empresa realiza transacciones intracomunitarias, también debe presentar el modelo 349.
Al final del año, es obligatorio presentar una declaración anual que recopile toda la información fiscal.
No es obligatorio presentar declaraciones INTRASTAT hasta que las transacciones intracomunitarias mensuales superen los 400.000 €.