Por regla general, los documentos que solicitan los diferentes países son las escrituras de la sociedad donde se pueden identificar: el nombre de la sociedad, la dirección, el tipo de sociedad y el número de identificación fiscal. Además de esto, se deberá identificar quién es el propietario de la misma, o al menos el/los que ostentan el 25% o más de participaciones.
En caso de que se trate de un autónomo o freelance, a parte de identificar a la persona en sí, será necesaria documentación que pruebe que está dado de alta como tal en la administración tributaria de su país.
En algunos países será necesario un poder con el que podremos proceder a solicitar dicho registro a nombre vuestro o de vuestra empresa.